DIPUTACIÓN DE CULTOS Y FORMACIÓN
El Diputado de Cultos y Formación fomentará en la Hermandad el espíritu de pertenencia a la Iglesia, recordando su naturaleza religiosa y que su labor solo se realiza plenamente dentro de la evangelización, la catequesis y la formación comunitaria.
Las funciones principales del Diputado de Cultos y Formación son:
- Cuidar juntamente con el Director Espiritual de que los cultos internos y externos de la Hermandad se celebren con las normas litúrgicas en vigor y respondan a las necesidades espirituales de la misma y a las exigencias del momento.
- Programar los distintos cultos ordenados en estas Reglas proporcionando el nombre del predicador y siempre de acuerdo con el Director Espiritual. Así mismo propondrá todo aquello que no estando reglamentado se considere necesario.
- Responsabilizarse junto con el Director Espiritual de la formación humana y cristiana de los hermanos sobre todo de los jóvenes, organizando los actos que se consideren oportunos.
- Informar a la Junta de Gobierno de cuantas disposiciones o recomendaciones emanen de la Jerarquía Eclesiástica Diocesana o Parroquial, solicitando de la Hermandad su colaboración en materia pastoral. De igual forma planificará las acciones que en este sentido acometa la Hermandad.
- Cumplirá cualquier otra función que por razón de su cargo le corresponda.